¿Todas las empresas están obligadas a pagar este beneficio?, ¿cuál es el plazo?, ¿y el monto? El pago de utilidades es un derecho reconocido por la Constitución Política del Perú, sin embargo, muchas personas aún tienen algunas dudas por aclarar sobre de ellas. Aquí te contamos todos los puntos clave que debes conocer.
¿Todas las empresas deben repartir utilidades?
No, no todas las empresas están obligadas a realizar el pago de utilidades. Este reparto es obligatorio solo para las que se dedican a actividades privadas y que generen rentas netas de tercera categoría. Con algunas excepciones: empresas que cuentan con menos de 20 trabajadores, sociedades civiles, cooperativas y empresas autogestionarias.
¿Quiénes reciben este beneficio?
Todos los trabajadores que se encuentren en planilla, aunque realicen labores de medio tiempo, con excepción de quienes cobren con recibos por honorarios.
Y si acaso dejaste de laborar antes de la fecha del depósito de las utilidades, tienes derecho de recibirlas hasta cuatro años después, luego de ese tiempo, la deuda prescribe.
¿Cómo calculo el monto?
Los indicadores claves para calcular el monto son: los días laborados y la remuneración que percibes. Entonces:
Los días trabajados durante el año, sirven para calcular el 50% del beneficio. Aquí se consideran los días cumplidos como una jornada ordinaria, y algunas inasistencias que no son consideradas como tales:
a) Descansos médicos (accidente de trabajo o enfermedad ocupacional)
b) Licencias sindicales
c) Licencias de los trabajadores miembros del comité de seguridad y salud
d) Inasistencias por el cierre del centro de trabajo por infracciones tributarias
e) Los días no trabajados por un despido nulo
f) Horas de lactancia materna
g) Días de suspensión de labores
El otro 50% se calcula con tu remuneración. En este caso, considera el total de tu sueldo sin tomar en cuenta los conceptos no remunerativos, como: gratificaciones en julio y diciembre, asignación por educación, vales de alimentos, entre otros.
El promedio de ambos, dependiendo también de tu condición como trabajador, es lo que recibirás como pago de utilidades. Existe un límite, que es el equivalente a 18 remuneraciones mensuales que se encuentren vigentes al cierre del ejercicio de tus labores.
¿Cuándo voy a recibir este pago?
Este monto debe ser abonado dentro de los 30 días siguientes al vencimiento del plazo señalado para presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
¿Y si la empresa no realiza el depósito?
En este caso, puedes acudir a presentar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) o la Sunat.
Si la empresa no cumple con el pago de utilidades se considera una infracción grave y conlleva una multa que podría llegar hasta S/190,000, si emplea a más de mil trabajadores.